El Real Decreto 483/2025, de 17 de junio, publicado en el BOE el día 18 del mismo mes, desarrolla la Ley 21/2022, de 19 de octubre, que estableció un fondo de compensación cuyo objetivo es auxiliar a las personas afectadas por enfermedades derivadas de la exposición al amianto en el ámbito laboral.
La indemnización que, en su caso, se concede tiene carácter indemnizatorio y se otorga por una sola vez.
Pueden optar a esta indemnización las siguientes personas afectadas por exposición al amianto:
Personas con pensión por incapacidad permanente debido a enfermedad derivada de la exposición al amianto.
Personas beneficiadas por sentencia firme que les haya reconocido el derecho a indemnización, cuya ejecución no haya sido posible total o parcialmente.
Personas inscritas en el Registro de Trabajadores Expuestos al Amianto (RETEA) y diagnosticadas con patologías vinculadas al amianto.
Víctimas de exposición doméstica o ambiental con diagnóstico de mesotelioma o asbestosis severa.
Causahabientes (cónyuges, parejas de hecho y descendientes) de personas fallecidas por las causas antes mencionadas, que no hubieran reclamado la compensación en vida.
Las solicitudes deberán presentarse ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). El silencio administrativo tendrá efectos desestimatorios.
Este Real Decreto entrará en vigor a los tres meses de su publicación, es decir, el 18 de septiembre de 2025.
Fuente: www.economistjurist.es
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