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El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco rechaza el recurso de Petronor, condenada a indemnizar a una víctima del amianto

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El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha desestimado el recurso de suplicación de Petronor a la sentencia del Juzgado de lo Social Nº1 de Bilbo, que condenó a Petronor e Iberdrola Generación al pago solidario de 324.540,69 euros a un trabajador enfermo, afectado de mesotelioma pleural, tras trabajar en contacto y manipulando amianto en estas empresas.

Así lo ha indicado la Asociación Vasca de Víctimas del Amianto (Asviamie), que ha advertido de que ambas compañías «incumplían absolutamente toda la normativa preventiva vigente de Seguridad e Higiene».

La asociación ha recordado que el Juzgado de lo social Nº1 condenó a Iberdrola Generación y Petronor, tras quedar acreditado, con prueba testifical, que Ernesto G.N. trabajó como empleado de las subcontratas Itasa, Atefrisa, Kaefer, Masa Norte, Itasa Naval y Talleres Mobibat reparando tuberías y tanques recubiertos y aislados con amianto, durante la construcción de la Central Nuclear de Lemoiz, en tareas de mantenimiento de las centrales térmicas de Pasaia y Santurtzi y la refinería de Muskiz, propiedad de Petronor.

El juzgado consideró que dichas empresas incumplían toda la normativa de Seguridad e Higiene, ya que «no fue informado del riesgo, ni se le entrego prendas de protección, no recibió cursillos, no señalizaron la existencia de amianto, no se le doto de taquillas separadas para la ropa de trabajo y de calle, no se le lavo la ropa de trabajo y no se le realizaron reconocimientos médicos específicos».

En febrero de 2017, en un preoperatorio de una hernia, se le detectó un derrame pleural, placas y engrosamiento pleural calcificadas y mesotelioma epiteloide, y en enero del 2018, el INSS le reconoció una Incapacidad Absoluta derivada de Enfermedad Profesional.

Satisfacción ante el fallo del TSJPV

«El recurso de Petronor que él TSJPV rechaza, se basa en denunciar supuestas irregularidades en la tramitación, invocando la indefensión, culpar a las empresas subcontratistas o culpar al enfermo por sus hábitos de fumar, en un intento de ampliar las empresas implicadas en el pago o reducir la indemnización, sin cuestionar el acreditado incumplimiento de la legislación y ausencia de medidas de protección, insistiendo en la ausencia de contacto con él amianto tras quedar acreditada la causalidad entre la grave enfermedad y el incumplimiento empresarial de la normativa de prevención y protección», ha apuntado Asviamie, que ha mostrado «su satisfacción por la sentencia del TSJPV».

A su juicio, «desbarata las maniobras de Petronor para reducir la indemnización, blanquear el incumplimiento de la normativa de Seguridad e Higiene con los trabajadores de las subcontratas o culpar a los hábitos de consumo de los trabajadores como causa de las enfermedades laborales», ha manifestado, y ha incidido en que «resulta escandaloso, que empresas como Petronor e Iberdrola, disponiendo de importantes recursos humanos y técnicos para la prevención de los riesgos, hayan ignorado la prevención del riesgo de las enfermedades profesionales, especialmente, el riesgo de las sustancias cancerígenas de los trabajadores de las subcontratas».

«Y resulta cínico, que Petronor utilice el hábito de fumar, para eludir las responsabilidades de enfermedades como el mesotelioma pleural, cuando está científicamente probado que la enfermedad deriva del amianto inhalado, cuando por otro lado, entre las medidas preventivas a adoptar por las empresas, se incluía la prohibición de fumar», ha apuntado.

Fuente: www.prevencionintegral.com

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