"Hace 18 años fui testigo de cómo mi padre fundó la Asociación de Víctimas del Amianto de Euskadi siendo uno de los objetivos la puesta en marcha de un fondo de compensación", explica Jagoba Luengas abogado laboralista experto en accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Demasiados años después, se ha creado este fondo que es mera apariencia puesto que su letra pequeña deja mucho que desear. El fondo es inoperativo, puesto a que hasta que no se publique un reglamento de desarrollo en un plazo de tres meses, no servirá de nada.
Recordar que llevamos esperando desde octubre de 2011 el baremo de enfermedades profesionales que tenía un plazo de seis meses. Además, la nueva ley obliga a las víctimas trabajadoras, en caso de negativa, a pasar por recursos ante la jurisdicción contenciosos-administrativa y no por la jurisdicción social donde hasta ahora se han planteado todas las reclamaciones de amianto de los trabajadores. Se perjudica a los mismos con una violación a su derecho a la tutela judicial efectiva y su derecho a beneficio de justicia gratuita ya que la jurisdicción contencioso administrativa, a diferencia de la jurisdicción social, implica costes para los trabajadores y fundamentalmente fija la carga de la prueba en el trabajador y no en la empresa.
Fuente: www.cadenaser.com
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