La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón acaba de dictar sentencia confirmando la dictada anteriormente por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Zaragoza y que condenaba al Ayuntamiento de Zaragoza a abonar 171.000 euros a la viuda e hijos de un afectado fallecido por amianto.
J. M. G. A. prestó servicios en el Ayuntamiento de Zaragoza desde marzo de 1998 como fontanero en el Servicio de Conservación de Infraestructuras, desarrollando funciones consistentes en reparar y retirar la red de suministro de agua de la ciudad de Zaragoza. Tarea profesional que el Sr. García desempeñó hasta el mes de junio de 2.016 al diagnosticársele entonces un cáncer de pulmón que motivó su baja laboral.
La continua y constante exposición al amianto en la que permaneció sin que el Ayuntamiento le diera protección alguna, provocó que el Sr. García sufriera un cáncer de pulmón que provocó su fallecimiento en mayo de 2.017 a los 51 años de edad.
En diciembre de 2018, el INSS resolvió aprobar el incremento de un 50% de todas las prestaciones de la Seguridad Social derivadas de la enfermedad profesional con cargo a la empresa responsable, Ayuntamiento de Zaragoza, declarando su responsabilidad empresarial por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo. Así fue como su viuda vio aumentada su pensión dicho porcentaje en un 50%.
En esta nueva sentencia, queda acreditado que el afectado estuvo expuesto al amianto mientras desempeñaba su trabajo para el Ayuntamiento de Zaragoza y que no contaba con las medidas de seguridad exigibles según la normativa de seguridad e higiene en el trabajo, siendo que debe indemnizar a la familia en más de cien mil euros por los daños y perjuicios ocasionados.
Esto supone una nueva victoria de la firma OPAMIANTO ABOGADOS en un caso no exento de dificultad tanto por el ente municipal demandado, como por las circunstancias concretas del caso. Sentencia favorable para los afectados por el amianto que no sólo tienen que luchar contra los efectos de las enfermedades que dicho cancerígeno material provoca, sino contra las dificultades que supone su prueba en los Tribunales.
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