Inicio Noticias Cofivacasa y Sidenor deberán pagar 304.950 euros por amianto pese a culpar al tabaco

Envíenos su caso

* He leído y acepto la Política de privacidad.

Cofivacasa y Sidenor deberán pagar 304.950 euros por amianto pese a culpar al tabaco

España,Interés

El Juzgado de lo Social número 2 de Donostia ha condenado a Cofivacasa y Sidenor Industrial a pagar 304.950,7 euros a Santi F. G., extrabajador de Orbogozo-Acenor expuesto a amianto y con cáncer pulmonar.

Según ha informado la Asociación de Víctimas del Amianto, Asviamie, en un comunicado, el juzgado ha condenado a Cofivacasa y Sicenor al pago solidario de 154.450,06 euros por Carcinoma de pulmón, más daños morales 50.000 y 100.500,7 euros por perjuicio moral y pérdida de calidad de vida más intereses a partir del 8 de enero, porque «de haber cumplido Orbegozo-Acenor las medidas preventivas, se hubiera podido razonablemente prevenir, al menos disminuir los efectos perniciosos de la exposición al amianto por la que enfermo el trabajador».

La asociación ha indicado que Santi F. G. trabajó entre 1967 y 1995 como Laminador y posteriormente en la Tijera del Tren en Pedro Orbegozo, posterior Acenor, estando expuesto al amianto, dada su presencia muy habitual en la cinta que protegía las mangueras de aire o cableado eléctrico, así como limpiando la escoria en los bajos de los Hornos de Recalentar o ayudando al personal de mantenimiento, por esta razón, en noviembre de 2019 fue incluido por Osalan en el Fichero de Trabajadores posiblemente expuestos a Amianto en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

En junio de 2017 se le diagnosticó un Adenocarcinoma pulmonar y en diciembre de 2020, el INSS le reconoció la Incapacidad Absoluta derivada de Enfermedad Profesional.

Asviamie ha criticado que Cofivacasa y Sidenor Industrial «cuestionan la demanda, planteando falta de legitimación pasiva, por no existir sucesión de empresa; que el trabajador no estuvo expuesto al amianto; culpando la enfermedad al hábito de fumar del trabajador enfermo».

«La sentencia desbarata una tras otra, la argumentación empresarial», ha destacado. En este sentido, ha indicado que queda acreditado que «el SEPI era la titular de las acciones de ACENOR, que fueron transmitidas a Cofivacasa, por tanto, se subrogó en todos los derechos y obligaciones de Acenor, sin limitación alguna», así como que «la prueba documental, testifical y pericial médica, acreditan la inexistencia de medidas de prevención adecuada y causa de la Invalidez Absoluta».

Ni medición ni aviso

Asimismo, ha apuntado que queda constatado «que la empresa incumplió la normativa genérica de seguridad, no realizó ninguna medición de la concentración de amianto en él ambiente de trabajo, no informo a los trabajadores del riesgo, ni les lavó la ropa de trabajo, por tanto la enfermedad contraída deriva de aquel incumplimiento empresarial».

Por todo ello, Asviamie reclama a estas empresas que «abandonen la vía de los recursos judiciales que multiplican el sufrimiento a las víctimas, reconozcan de una vez, el daño causado por los incumplimientos preventivos de su antecesora y hagan una apuesta por la justicia y reparación del daño causado, impulsando la creación del fondo de compensación y apoyando la aprobación con dicho fin, una primera partida en los próximos Presupuestos del Estado».

Fuente: www.naiz.eus

Noticia completa

Contacte con nosotros

Si le gustaría conocer sus derechos, si está interesado en conocer las acciones judiciales que puede ejercitar o si tiene información sobre otros casos que quisiera compartir con nosotros, por favor rellene el pequeño cuestionario y un miembro experto de OPAMIANTO se podrá inmediatamente en contacto con usted.

C/ Velázquez 46
despacho 16
28001 Madrid
910 39 39 39
692 433 207

Pº Independencia, 21
1º Centro
50001 Zaragoza
976 23 33 83

Avenida Blasco Ibáñez,
Nº4
46980 Paterna
Valencia

77 Water Street
New York, NY 10005
(212) 584-0700

550 Broad Street
Newark, NJ 07102
(973) 639-9100

1515 Market Street
Philadelphia, PA 19102
(215) 564-2300