El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha desestimado el recurso de Fundiciones Gelma contra la sentencia del Juzgado de lo Social Único de Eibar (Gipuzkoa), que condenó a esta empresa a indemnizar con 199.530,64 euros a la familia de un trabajador fallecido por un cáncer de pulmón por amianto.
En un comunicado, la Asociación de Víctimas del Amianto de Euskadi, Asviamie, ha informado de que Antonio M. falleció en diciembre de 2009 a consecuencia de un cáncer en pulmón izquierdo, tras trabajar desde 1966 en la fundición con exposición laboral al amianto y sílice en la fundición, “sin medidas preventivas”. Desde Asviamie han destacado que “existen antiguos informes de Osalan en los que se señala que no se utilizaban protecciones respiratorias y que el Ministerio de Trabajo elaboró un informe sobre los problemas higiénicos por humos, gases y ruido en Elma SA”, según recoge Europa Press.
Además, en 2006 se emitió un informe de evaluación ambiental en Fundiciones Gelma, según el cual “no existen aislamientos de amianto y que las cubiertas de fibrocemento son sustituidas por chapa”. La asociación también ha destacado que el puesto de trabajo ocupado por Antonio fue “moldeo y desmoldeo, lo cual implicaba la manipulación de mazarotas y bebedores, utilizando palas para la limpieza del polvo”. Más tarde, pasó a la rebaba de las piezas fundidas y finalmente a las prensas.
Las mismas fuentes han aseverado que “en ninguna de las tres empresas en las que trabajó Antonio existían sistemas de ventilación en prensas, mecanizado y fundición”. En mayo de 2008, a Antonio le diagnosticaron un cáncer en el pulmón izquierdo y el 13 de octubre de 2024 el INSS dictó una resolución reconociendo a la viuda las prestaciones de viudedad, muerte y supervivencia derivadas de enfermedad profesional.
El 29 de mayo de 2025, el Juzgado de lo Social de Eibar desestimó la prescripción alegada por Fundiciones Gelma, estimó la demanda de la viuda e hijo del trabajador fallecido y condenó a la empresa a indemnizar con 122.313,14 euros a la viuda y 77.217,50 euros al hijo, más intereses. El recurso de suplicación de Gelma ha sido ahora desestimado por el TSJPV, confirmando la sentencia.
Fuente: www.eldiario.es
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