La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía acaba de dictar sentencia anulando la dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 de Córdoba de septiembre de 2.018, reconociendo una indemnización de 15.000€ para un trabador por exposición al amianto.
R. C. L. prestó servicios para la Diputación desde el año 2.004 como oficial de albañil, desarrollando trabajos consistentes en el mantenimiento de los edificios titularidad de la Diputación. Eran tareas propias de su actividad profesional la reparación de tuberías de fibrocemento de canalización de aguas, reparar las cubiertas de los edificios, retirar y desmontar calderas de calefacción antiguas, retirar pavimentos, reparar canalizaciones, etc.
Esta exposición al amianto, sin que la Diputación le diera protección alguna, provocó que D. R. C. L. sufriera una insuficiencia pulmonar desde el año 2.010 que determinó que se le diagnosticase asbestosis en el año 2.013.
En esta nueva sentencia, se da por probado que el afectado estuvo expuesto al amianto mientras desempeñaba su trabajo para la Diputación Provincial de Córdoba y que no contaba con las medidas de seguridad exigibles según la normativa de seguridad e higiene en el trabajo, como así testificaron compañeros de trabajo del afectado y un informe de la Inspección de Trabajo.
Esto supone una nueva victoria de la firma OPAMIANTO ABOGADOS en un caso no exento de dificultad tanto por el ente municipal demandado, como por las circunstancias concretas del caso. Sentencia favorable para los afectados por el amianto que no sólo tienen que luchar contra los efectos de las enfermedades que dicho cancerígeno material provoca, sino contra las dificultades que supone su prueba en los Tribunales.
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